Organización

ACUERDO A LAS FUNCIONES DEFINIDAS PARA EL INAA-ENTE REGULADOR, SE ESTABLECIÓ LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAL SIGUIENTE:

 

 

 

 

 

FUNCIONES GENERALES

La Representación, Dirección y Administración del INAA como Ente Regulador, según lo establecido en la Ley Orgánica Reformada del Instituto, estará a cargo de los siguientes órganos:

Un Consejo de Dirección:  conformado por tres miembros.

Un Presidente Ejecutivo

La integración y funcionamiento del Consejo de Dirección está debidamente definido en la misma Ley, mencionada anteriormente.

A continuación se describen las funciones generales que corresponden a los órganos de dirección del INAA (Ente Regulador), para dar cumplimiento a su Misión Institucional:

 

FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN

El Consejo de Dirección tendrá las siguientes facultades:

  1. Aprobación de Plan General de Trabajo y el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Instituto.

  2. Aprobar su reglamento y la estructura organizativa del Instituto

  3. Aprobar las normas y regulaciones técnicas para implementar las leyes, reglamentos y políticas de agua potable y alcantarillado sanitario.

  4. Aprobar el otorgamiento, renovación, cancelación o caducidad de los permisos de exploración de los recursos acuíferos hídricos para consumo de agua potable.

  5. Decidir sobre asuntos relativos a las concesiones, licencias y/o permisos en los sectores de agua potable y alcantarillado sanitario, de conformidad con lo establecido en las leyes correspondientes.

  6. Aprobación de Plan General de Trabajo y el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Instituto.

  7. Aprobar las tarifas de servicio de agua potable y alcantarillados sanitarios, las tarifas por el uso de las redes de distribución y los precios finales al consumidor propuesto por las concesionarias, de acuerdo a las leyes y reglamentos vigentes.

  8. Conocer en segunda instancia administrativa, las apelaciones de las resoluciones de los funcionarios e instancias administrativas del INAA.

  9. Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que expresa y tácitamente estuvieran comprendidos dentro del objeto y funciones del Instituto.

  10. Resolver en las controversias entre los agentes económicos relacionados con los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

  11. Velar porque se cumplan las funciones del Instituto según su ley orgánica y otras leyes del sector de agua potable y alcantarillado sanitario.

  12. Decidir sobre otros asuntos de su competencia según las disposiciones legales vigentes.

  13. Aprobar en última instancia el otorgamiento, renovación, cancelación o caducidad de cualquier concesión que otorgue la Institución, de conformidad a propuestas que al respecto presente el Presidente Ejecutivo.

  14. Proponer, conocer, desarrollar y aplicar los criterios, planes  y políticas relativas al Sector Agua Potable y Alcantarillado Sanitario del Poder Ejecutivo.

  15. Elaborar el Glosario de Términos sobre acueductos y alcantarillados que establezcan las definiciones que serán aplicables en la materia.

  16. Calificar y dictaminar sobre las características técnicas de los equipos, aparatos y dispositivos a utilizar por los concesionarios en las redes y servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

  17. Conocer en apelación sobre las Resoluciones de las Comisiones de Arbitraje conformadas para dirimir discrepancias producidas entre el INAA y los prestadores de servicios, relativos a los asuntos tarifarios, todo de conformidad a lo que oportunamente se establecerá al respecto en el Decreto de Disposiciones para la Fijación de Tarifas en el Sector de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario y en su Reglamento respectivo.  Esta resolución de alzada tendrá carácter de definitiva y será obligatoria para ambas partes.

  18. Emitir los Reglamentos específicos que se consideren necesarios para el adecuado funcionamiento de la Institución.

 

FUNCIONES GENERALES DEL  PRESIDENTE EJECUTIVO

La Presidencia Ejecutiva del INAA estará a cargo del Presidente Ejecutivo que es el representante legal de la Institución, el que ejerce su dirección y administración, teniendo para ello  entre otras, las siguientes funciones

  1. Representar legalmente al Instituto con los poderes de mandatario generalísimo, en todos los asuntos administrativos, técnicos y judiciales.

  2. Representar al Instituto en sus relaciones con el Poder Ejecutivo, los organismos gubernamentales y extranjeros y los organismos internacionales y delegar esta función cuando lo juzgue necesario, en el funcionario conveniente.

  3. Presentar para la aprobación del Consejo de Dirección, el Reglamento del Consejo y la Estructura Organizativa del Instituto.

  4. Preparar y presentar para la aprobación del Consejo de Dirección los asuntos que así lo requieran relativos a las concesiones y  permisos requeridos por las empresas del sector.

  5. Elaborar y presentar para la aprobación del Consejo de Dirección, el Plan General de trabajo del Instituto y también elaborar el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos, para la revisión del Consejo de Dirección y su posterior presentación y aprobación del Presidente de la República.

  6. Aprobar los modelos de contratos o convenios que celebren los concesionarios o prestadores de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

  7. Ordenar las visitas de inspección técnicas y administrativas que se requieran.

  8. Adoptar en el ámbito de su competencia todas las medidas necesarias para prevenir infracciones a las disposiciones legales, técnicas y administrativas en su caso, apercibir, imponer, reducir y cancelar sanciones emitiendo las resoluciones administrativas correspondientes.

  9. Intervenir en la solución de controversias suscitadas entre concesionarios o empresas prestadoras de servicios y usuarios, pudiendo de conformidad con la naturaleza del caso, constituirse en mediador, resolviendo bajo los términos y condiciones que se establezcan para cada caso.

  10. Designar o remover al personal de confianza incluyendo hasta el nivel de Jefes de Departamentos, todo de conformidad a las Leyes y Reglamentos existentes y a lo dispuesto en el Código del Trabajo.

  11. Representar a INAA ante cualquier foro u Organismo Internacional en materia de agua potable y alcantarillado sanitario, vigilando la correcta aplicación y aprovechamiento de los Tratados, Convenios y Acuerdos que pudieren emanar de dichas reuniones.

  12. Realizar los actos jurídicos de administración, de delegación de facultades y de dominio, necesarios para el correcto funcionamiento de la Institución.

  13. Velar por el cumplimiento de las directrices emitidas por el Consejo de Dirección, en relación con las políticas y normas aplicables para la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

  14. Supervisar la tramitación y cumplimiento de las condiciones de solicitudes de concesiones, permisos y autorizaciones.

  15. Por delegación del Consejo de Dirección atender la solución de controversias de conformidad con la legislación vigente.

  16. Asesorar a la Presidencia de la República en materias relacionadas al sector de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, cuando le sea solicitado.

  17. Proponer al Presidente de la República los mejoramientos y coordinaciones necesarias para el funcionamiento y cumplimiento de su misión institucional.

  18. Diseñar e implementar un plan anual de operaciones de la institución.

  19.  Mantener un sistema de información administrativo, que permita el monitoreo de todas las áreas y actividades internas de la institución.

  20. Implantar un sistema de control de gestión por centro de costo, bajo una plataforma de procesamiento de datos e información automatizada para todos y cada uno de los Departamentos y Unidades de la institución.

  21.  Coordinar los esfuerzos de fiscalización y control de las normas relativas al sector con el MINSA, el MARENA, los municipios y otros órganos del estado relacionados con la actividad del sector.

  22. Asesorar y proponer a la Presidencia de la República, a través de la instancia que la Presidencia de la República determine, el otorgamiento, modificación o caducidad de las  concesiones para la operación de los servicios. Lo anterior a base de lo preceptuado en la Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

  23. Administrar presupuestaria y financieramente los recursos de la Institución, según las normas legales vigentes a las que deba someterse su accionar.

  24. Delegar parte de sus responsabilidades y/o deberes, como la representación del INAA en quien estime pertinente, de conformidad a lo contemplado en sus normas y procedimientos internos.  

  25. Preparar los Proyectos de Decretos que le sean requeridos, para ser promulgados por las instancias competentes.

  26. Asumir las demás funciones que por delegación le asigne el Consejo de Dirección.

 

FUNCIONES GENERALES DE AUDITORIA

  1. Diseñar e implementar el o los sistemas de supervisión y control de los procedimientos administrativos internos.

  2. Evaluar y controlar la ejecución de los Programas de Trabajos e Inversiones presentados por las distintas áreas de la Institución, recomendando los   cambios o acciones correctivas necesarias.

  3. Preparar periódicamente un informe de cumplimiento de los Planes de Trabajo e Inversión del  INAA.

  4. Preparar periódicamente un informe de evaluación del desempeño de Gestión de cada una de los Departamentos dependientes de la Presidencia Ejecutiva.

  5. Preparar informes para el Presidente Ejecutivo, de las situaciones que se estimen anormales dentro de la organización y proponer acciones y soluciones, como la contratación de auditorias externas especializadas.

  6. Mantener actualizadas permanentemente las Bases de Datos que se requieran para el cumplimiento de las actividades del INAA.

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS AL USUARIO

  1. Mantener un expedito sistema de comunicaciones entre el INAA y los demás organismos públicos o privados que sé interrelacionen con las actividades propias del Ente.

  2. Satisfacer los requerimientos de información  y consultas de los usuarios, prestadores de servicios u organismos del Estado, referidas al ámbito de la prestación de servicios, control y fiscalización de estos

  3. Investigar y dar respuesta a todo tipo de reclamos rutinarios o de mayor complejidad presentados tanto por los operadores y usuarios de los servicios, así como de organismos del estado,  requiriendo para tales efectos la colaboración de las dependencias internas de la Institución.

  4. Generar una base de datos permanentemente actualizada de Información y Consultas de carácter Técnico, Legal y Operativo relacionadas con el Sector de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

  5. Mantener operativa y actualizada una plataforma de información y consulta automatizada.

  6. Publicar informes o documentos técnicos, relacionados con las áreas descritas y mantener un intercambio de información técnica con otros centros de información tanto públicos como privados, nacionales o extranjeros. 

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE SISTEMAS AUTOMATIZADOS 

  1. Diseñar e implementar Sistemas de Información Automatizados para el manejo eficiente y oportuno de la Información de la Institución y de los prestadores de Servicios.

  2. Facilitar las consultas pertinentes tanto interna como externa de los Sistemas de Información.

  3. Mantener actualizada las bases de datos de los sistemas de información implementados en el INAA.

  4. Elaboración de los diseños de los sistemas, los manuales de documentación y comprobar el funcionamiento general de los sistemas de información.

  5. Efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo a los sistemas de información de acuerdo a las solicitudes de los usuarios.

  6. Elaborar, controlar y dar seguimiento al programa de mantenimiento preventivo y correctivo que se efectúa a los equipos de computación y los servidores.

  7. Evaluar técnicamente y de forma semestral la eficiencia de la empresa que proporciona el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de computación, con el fin de conocer la calidad del servicio y el aprovechamiento de los equipos.

  8. Mantener actualizado el expediente de cada uno de los equipos computarizados, a fin de conocer las fallas más frecuentes, el buen uso y estabilidad del equipo, el tiempo de uso, historial de virus adquiridos, tipos de mantenimientos efectuados, etc.

  9. Controlar el buen uso de los equipos y la red computacional que tiene en activos la Institución, a través del cumplimiento de normas generales elaboradas para tal fin.

  10. Dar seminarios de capacitación, para el buen uso de software y hardware utilizados por los usuarios.

  11. Instalar y configurar software, servidores, estaciones de trabajo utilizadas dentro del INAA.

  12. Mantener actualizada el sitio Web del INAA, el boletín electrónico y controlar el perfecto funcionamiento del enlace inalámbrico, los servicios de Internet y correo electrónico.

  13.  Mantenerse permanentemente actualizado en las herramientas de software, hardware y comunicaciones disponibles en el mercado internacional, para implementarse en la Institución con el fin de aprovechar sus novedosas bondades.

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS

  1. Elaborar Términos de Referencia y contratar personal externo a la Institución y supervisar el desarrollo de los Estudios, Manuales, Procedimientos y Normas solicitados por el Presidente Ejecutivo o cualquier Departamento interno de la Institución.

  2.  Elaborar Instructivos, Circulares, Resoluciones, Bases de Licitación diversas, Parámetros de Operación y de Gestión para empresas de servicios sanitarios que le sean solicitados para el cumplimiento de las funciones de la Institución.

  3. Mantener un Registro de Consultores, sean personas naturales o jurídicas con el propósito de poder ser convocados, a requerimiento del Presidente Ejecutivo,  para la prestación de sus servicios profesionales. 

  4. Definir los criterios de selección de Administradores Provisionales para cuando exista conflicto en las Concesiones y mantener un Registro Público actualizado de éstos.

  5. Analizar y proponer las normativas y procedimientos técnicos, administrativos, etc. que sean necesarios para  el buen funcionamiento del INAA como ente regulador de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

  6. Analizar permanentemente los textos legales y reglamentarios vigentes de todas las materias que regulan al sector, proponiendo a través del Presidente Ejecutivo a la instancia que corresponda, las modificaciones que resultasen necesarias, o bien, las normas interpretativas y/o complementarias que permitan su adecuada aplicación y fiscalización.

  7. Contratar consultores externos o efectuar estudios e investigaciones que permitan generar o mejorar los antecedentes requeridos para los estudios tarifarios en relación con la gestión eficiente de las Empresas Operadoras de los  Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

  1. Elaborar anualmente el presupuesto de operaciones del Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA) y mantener el adecuado control de su aplicación y obtención de recursos.

  2. Administrar la posición financiera de la Institución, asignando trimestralmente el presupuesto de operaciones a los Departamentos, controlando permanentemente la racionabilidad de los gastos y su calidad en términos de su contribución económica al desarrollo de las actividades.

  3. Controlar los Sistemas de Información Administrativos en operaciones de la Institución y las actividades relacionadas con: adquisiciones, almacenamiento, control de inventarios, transporte, mantenimiento, presupuesto y contabilidad y  planes de cuentas, registro documentado, personal, evaluación y control de desempeño, capacitación y formación, asistencia social y remuneraciones.

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN

  1. Mantener permanentemente la actualización de las normativas y procedimientos de fiscalización, precedentemente señalados, de conformidad con los cambios tecnológicos, económicos, culturales y de información que se produzcan en el sector.

  2. Ejercer el control y fiscalización de la calidad de la prestación de los servicios en el ámbito de los usuarios finales como respecto de los prestadores de los  servicios.

  3. Fiscalizar el cumplimiento de las normas técnicas relativas al diseño, construcción y explotación  de los servicios, así como las normas relativas al diseño, construcción y explotación de las descargas de Residuos Industriales Líquidos (RIL).

  4. Desarrollar los Sistemas de Información automatizados que soporten las bases de datos requeridas para el manejo eficiente y oportuno de la información del Departamento y del control de los prestadores de servicios.

  5. Facilitar la consulta pertinente tanto interna como externa del Sistema de Información.

  6. Mantener un sistema de información que permitan anticipar en todo momento las desviaciones de las normativas  imponiendo las acciones correctivas en el mínimo tiempo disponible.

  7. Prestar todo el apoyo en las investigaciones que realicen otros Departamentos con relación a reclamos presentados por los operadores y usuarios. 

  8. Participar en el diseño y elaboración de los Manuales de Diseño y Construcción de Servicios Sanitarios, Manual de Normas de Calidad para Servicios Sanitarios, etc.

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL

  1. Realizar las funciones reguladoras y fiscalizadoras relativas a la aplicación de la legislación, normas y procedimientos técnicos ambientales, asociadas a la exploración, operación y puesta en marcha de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario 

  2. Ejercer la fiscalización de la normativa ambiental referida al diseño y construcción de descargas de residuos industriales líquidos y  de operación de éstos, cuando se relacionen directamente con los cuerpos receptores de los operadores de servicios de agua potable y alcantarillado y sus sistemas de tratamientos. 

  3. Definir, requerir, registrar y mantener permanentemente actualizado mediante un sistema de información automatizado, la información referida con los procesos de fiscalización y control de las descargas de residuos industriales líquidos, cuando se relacionen directamente con los cuerpos receptores de los operadores de los servicios y sus sistemas de tratamientos. 

  4. Controlar el uso racional de los Derechos de Agua de los Operadores de Servicios.

  5. Coordinar en conjunto con el MARENA y otros organismos, las acciones necesaria a fin de proteger el medio ambiente y fiscalizar las actividades que producto de las operaciones propias de las Empresas de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado puedan afectar al equilibrio del ecosistema en donde operan. 

  6. Establecer en conjunto con el MARENA un Plan de Acción de Fiscalización Medioambiental para los operadores de servicios de agua potable y alcantarillado.

  7. Revisar y conciliar sistemáticamente las Normas  y Bases Técnicas establecidas y por establecerse, con el fin de ser aplicadas correctamente.

  8. Realizar inspecciones técnicas ambientales a las instalaciones de los diferentes proyectos vinculados a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario, que requieran estudios de impacto ambiental y permiso ambiental de MARENA.

  9. Fiscalizar el cumplimiento de las normas establecidas a programas de contaminación conforme Decreto 33-95.

  10. Divulgar e informar a la ciudadanía, en conjunto con el Departamento de Defensa al Usuario, de los procedimientos, formularios, trámites y requisitos a cumplir en materia ambiental para el sector de agua potable y saneamiento.

  11. Aplicar las medidas sancionatorias a los transgresores del ambiente relativos al sector de agua y saneamiento.

 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO DE TARIFAS

  1. Fiscalizar y controlar el  cumplimiento de la normativa relativa a la determinación y fijación de las tarifas para el servicio de agua potable y alcantarillado.

  2. La normativa a fiscalizar se refiere a: Metodología  de Estructuras Tarifarias, Cálculo e Implementación de Tarifas, Metodología y Normas para la determinación de los Aportes Reembolsables.

  3. Desarrollar los Sistemas de Información automatizados que soporten las bases de datos requeridas para el manejo eficiente y oportuno de la información de su Departamento.

  4. Elaborar y actualizar los Manuales de Tarificación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado y de Aportes Reembolsables.

  5. Fiscalizar  y hacer cumplir la normativa relativa a Tarificación de los servicios de agua potable y alcantarillado y Aportes Reembolsables.

  6. Definir y proponer al Presidente Ejecutivo las bases para la elaboración de los Estudios Tarifarios.  Estudios relativos a: Parámetros Operacionales y de Administración de Empresas Prestadoras de Servicios, Funciones de Costo, Tasa Costo capital, Proyecciones de Demanda, Costo Agua Cruda y otras materias de relevancia que se determine.

  7. Realizar los cálculos tarifarios, obteniendo, actualizando y manteniendo al día la información requerida para tales fines y propósitos.

  8. Promover y coordinar con el Departamento de Estudios los  estudios e investigaciones que permitan generar o mejorar los antecedentes requeridos para los cálculos tarifarios.

  9. Revisar en conjunto con los Departamentos de Estudios y Fiscalización, los Planes de Desarrollo y áreas de concesión, presentados por prestadores de servicios en el ámbito de fijación de las tarifas.

  10. Mantener un registro y control actualizado por Prestador de Servicio de todas las materias relevantes para cumplir con las funciones de la Institución.

  11. El registro será relativo a: Decretos de Fijación de Tarifas, número de conexiones por tramo de diámetro, número de uniones domiciliarias de alcantarillado o descargas de RIL, número de grifos, consumos promedios por tipo de arranque, fuentes de abastecimiento y tipo de producción, calidad de agua, número y monto de subsidios, niveles de indexación y ajuste tarifarios, índices de facturación/recaudación, organigramas interno de funcionamiento de los prestadores, niveles remuneracionales, antigüedad, niveles de capacitación profesional.

  12. Investigar con acuciosidad los reclamos derivados a su Departamento.

  13. Fiscalizar los procedimientos de facturación y cobranza de los prestadores de servicio. 

  14. Supervisar, fiscalizar y autorizar los procedimientos, cobros y/o devoluciones de los aportes de financiamiento reembolsables.

  15. Dar apoyo a los otros Departamentos en las investigaciones que se efectúen  en relación a reclamos presentados por los operadores y usuarios. 

FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO 

  1. Brindar Asesoramiento legal al Presidente Ejecutivo como a todos los Departamentos y Unidades del Ente Regulador  respecto de la aplicación y/o interpretación de las Leyes, Reglamentos y Normativas del Sector. 

  2. Promover en todo momento la transferencia de jurisprudencia y/o normativa legal del sector, a través del intercambio de conocimientos y experiencias con centros de especialización e información tanto públicos como privados, nacionales o extranjeros, universitarios o privados del área. 

  3. Analizar, interpretar, proponer y elaborar, requiriendo de la colaboración de los demás Departamentos, los anteproyectos, normas o procedimientos  referidos a la modificación, interpretación o sanción en materias relacionadas con la prestación de servicios en el sector.

  4. Mantener un Sistema de Información Administrativo, que permita el monitoreo de todas las áreas y actividades internas de su Departamento y de las actividades propias que ésta desarrolla.

  5. Dar apoyo a los otros Departamentos de la Institución en las investigaciones que se realicen  en relación a reclamos presentados tanto por los operadores y usuarios.

  6. Informar a la Presidencia Ejecutiva respecto del otorgamiento de concesiones y de las solicitudes de ampliación o modificación de las mismas.

  7. Proponer la aplicación de sanciones a los prestadores de servicios de agua potable y alcantarillado, infractores de las normas que rigen la prestación de dichos servicios. 

  8. Estudiar e informar al Presidente Ejecutivo acerca de todas las materias jurídicas que competan a la Institución.

 

 

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